(Carta a la jueza María Elizabeth Amaya Rivera)
La semana pasada se cumplieron siete meses de la detención de los líderes comunitarios de Santa Marta y ADES, capturados el pasado 11 de enero bajo la acusación de privar de libertad y asesinar a una persona en 1989, durante la guerra civil, cuando pertenecían a organizaciones guerrilleras.
Como han denunciado organizaciones sociales y publicado medios de comunicación, dicha acusación no es más que una persecución judicial en contra de estos defensores ambientales que tiene como trasfondo las intenciones gubernamentales de reactivar la minería metálica en Cabañas, dado el rol de Santa Marta y ADES en la resistencia contra esta contaminante industria extractiva.
En esta conspiración jurídica-política en contra de los activistas sociales participan varias instancias del sistema judicial: la Fiscalía General de la República (FGR), que acusa sin más prueba que el relato contradictorio de un testigo de referencia; el Juzgado de Paz de Victoria, que ordenó la detención provisional sin justificación válida; el Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, que niega las medidas sustitutivas a la prisión; la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, que a pedido de Fiscalía recusó por simple sospecha a uno de los magistrados de la Cámara de Segunda Instancia de Cojutepeque.
También contribuye a esta barbarie la Dirección General de Centros Penales que mantiene a los líderes comunitarios en condiciones carcelarias inhumanas, no permite que sus familiares y los abogados defensores les puedan ver y les ha aplicado disposiciones del régimen de excepción aun cuando el caso no tienen ninguna relación con pandillas; así como juzgados de vigilancia penitenciaria de San Salvador, Santa Tecla, Sonsonate y Santa Ana que han rechazado las peticiones de la defensa legal para acceder a los detenidos.
A éstos se suma la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que no ha resuelto el recurso de Hábeas Corpus presentado hace dos meses por representantes de ADES y de Tutela Legal «María Julia Hernández».
Mientras que la Cámara Penal de Cojutepeque rechazó una primera apelación presentada por la defensa para buscar medidas sustitutivas y revertir la detención; sin embargo, ante una segunda apelación, el pasado 30 de junio, ordenó al Juzgado de Instrucción de Sensuntepeque realizar una audiencia especial de revisión de medidas. Así que hasta ahora ésta es la única instancia que, en una segunda oportunidad, tomó una decisión favorable para los líderes comunitarios.
Por el otro lado, es el Juzgado de Instrucción de Sensuntepeque, actualmente a cargo de la jueza María Elizabeth Amaya Rivera, la instancia con el papel más pernicioso en este caso. Esta «aplicadora de justicia» se ha mostrado parcial y muy beligerante contra los defensores ambientales.
Así que, en alusión a los siete meses de encarcelamiento de los activistas anti mineros, voy a mencionar igual número de acciones (y omisiones) de la referida jueza que considero injustas y que confirman un desempeño alejado del debido proceso penal, la independencia judicial, los derechos de los detenidos y la perspectiva humanitaria que deberían primar.
1. Negación sistemática de las medidas sustitutivas a la detención. A pesar del delicado estado de salud de los detenidos, la ausencia de peligro de fuga y aun cuando en todos los demás casos relacionados con delitos de la guerra los acusados son procesados en libertad, la jueza Amaya Rivera ha rechazado en dos ocasiones la petición de revertir la detención y otorgar medidas sustitutivas a la prisión.
2. Actitud dilatoria ante la orden de la Cámara Penal de Cojutepeque de realizar una audiencia especial de revisión de medidas. La jueza de instrucción lleva más de un mes sin cumplir la resolución de un tribunal superior, con lo cual, según me dicen amigos abogados, podría estar cometiendo el delito de incumplimiento de deberes o desacato y —en un país con estado de derecho e independencia judicial— sería apartada del caso y sometida a una investigación.
3. Extensión innecesaria e injustificada de la fase de instrucción. Por petición de la Fiscalía, la jueza Amaya Rivera amplió por seis meses más la fase de instrucción y postergó la audiencia preliminar hasta febrero de 2024, a pesar de que la Fiscalía ha demostrado no tener pruebas reales y su objetivo podría ser simplemente alargar un espurio proceso penal que debería ser revertido porque ya es un escándalo nacional e internacional.
4. Denegación de recurso de nulidad amparado en la Ley de Reconciliación Nacional de 1992. La jueza de instrucción también denegó el 15 de junio una petición de nulidad y extinción de la acción penal presentada por la defensa en base a la Ley de Reconciliación Nacional que recobró vigencia tras las sentencia de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía en julio de 2016. Esta ley, que fue parte de los Acuerdos de Paz, exonera de algunos delitos a ex miembros de las organizaciones que integraron el FMLN y bajo su jurisprudencia la acusación contra los ambientalistas de Cabañas es totalmente improcedente.
5. Confirmación de la reserva total de información. En su resolución de extensión de la fase de instrucción, la jueza Amaya Rivera también ratificó la reserva total de información, a pesar de que la misma Fiscalía le pidió modificarla a reserva parcial. Así que, además de ser el único caso sobre delitos del conflicto armado donde los acusados están en prisión, éste es también el único que mantiene reserva de información.
6. Actitud prepotente frente a las peticiones de la defensa legal. En su segunda resolución de denegación de la petición de medidas sustitutivas, la jueza de instrucción advirtió con sancionar a los defensores de los líderes comunitarios si volvían a solicitar revisión de medidas, alegando una disposición del Código Procesal Penal que tipifica como falta de los abogados defensores la presentación de «peticiones repetitivas».
7. Negativa de incorporar peritos independientes en el proceso penal. Previo a un fallido proceso de exhumación realizado a finales de junio en tierras de la Cooperativa «Nueva Heroica Santa Marta», la jueza Amaya Rivera (y también la jueza de Paz de Victoria) rechazó la petición de incorporar como peritos independientes a personal de la Fundación Guatemalteca de Antropología Forense. Por cierto, fue un hecho notorio que tras la exhumación, tribunales y Fiscalía no encontraron el cadáver de la supuesta víctima.
Estas siete injusticias cometidas en igual número de meses, entre febrero y agosto de este año, confirman, en mi opinión, que el desempeño de la jueza de Primera Instancia de Sensuntepeque no está apegado a un proceso debido y justo. Pareciera que su voluntad es que los líderes comunitarios de Santa Marta y ADES continúen cruelmente encarcelados y por eso niega las medidas sustitutivas, alarga la fase de instrucción y dilata la realización de la audiencia de revisión de medidas ordenada por la Cámara Penal de Cojutepeque.
Entonces, señora jueza:
Usted todavía puede honrar su rol de aplicar justicia, actuar conforme a la legalidad y el debido proceso, respetar los derechos humanos y no prestarse a estrategias de instrumentalización de la justicia para perseguir penalmente a líderes comunitarios a quienes el país y la sociedad (incluida usted como ciudadana salvadoreña) más bien deberíamos reconocerles y agradecerles su defensa del agua, el medioambiente y la vida frente a la terrible amenaza de la minería metálica.
Al menos, no dilate más la audiencia de revisión de medidas, revierta la detención y permita que el proceso continúe en libertad. Por legalidad, por humanidad y por sentido común.