Marcela Pineda, de Nuevas Ideas, lo explicó con ilustrísima pedagogía. Recordó que el día en que ellos y ellas —los diputados— proyectaron en la Asamblea Legislativa los videos en los que puede verse a Norman Quijano sentado alrededor de una mesa a la par de un pastor evangélico y frente a presuntos pandilleros, entonces sí fue válido porque era divulgación de información pública. Pero si un día alguien —supóngase un periodista o cualquier otro ciudadano— se le ocurre decir «aquí están gobernando las pandillas» hablando de una comunidad dejada de la mano del Estado, entonces eso será delito.
Ese periodista o cualquier otro ciudadano se enfrentará entonces a un juez que podrá condenarlo a entre diez a quince años de cárcel.
Ayer, martes 5 de abril, con los votos de Nuevas Ideas, Gran Alianza por la Unidad (GANA) y Partido de Concertación Nacional (PCN) la Asamblea Legislativa aprobó, con dispensa de trámite —sin análisis ni debate mínimo— la introducción al Código Penal del inciso C al artículo 345 del Código Penal que establece como delito, con una condena de entre diez a quince años, la elaboración y reproducción de «mensajes, señales, denominaciones o propagandas alusivas a maras o pandillas» así como también la divulgación en las plataformas tecnológicas, medios de comunicación radiales, televisivos, escritos y digitales de esos mismos mensajes «que pudieran generar zozobra o pánico a la población».
El inciso C del artículo literalmente dice:
«Elaboración y reproducción ilegal de mensajes, señales, denominaciones o propagandas alusivas a maras o pandillas.
El que elaborare, participare en su elaboración, facilitare o fabricare textos, pinturas, diseños, dibujos, grafitis, o cualquier forma de expresión visual en bienes inmuebles de uso público o privado que explícita o implícitamente transmitan mensajes, señales, denominaciones, propagandas o cualquier tipo de manifestación escrita que haga alusión a las diferentes agrupaciones o asociaciones criminales, terroristas de maras o pandillas o en especial a las que tengan por finalidad aludir al control territorial de dichos grupos o a transmitir amenazas a la población en general, será sancionado con pena de prisión de diez a quince años.
En igual sanción incurrirán quiénes por medio del uso de las tecnologías de la comunicación y la información, medios de comunicación radial, televisivo, escritos o digitales reproduzcan y transmitan mensajes o comunicados originados o presuntamente originados por dichos grupos delincuenciales, que pudieran generar zozobra y pánico a la población en general».
Es decir: los periodistas, especializados o no, en la cobertura de la violencia provocada por las pandillas quedan definitivamente censurados para publicar sus trabajos en medios de comunicación salvadoreños.
Además, cualquier ciudadano que conozca algo sobre el Barrio 18, la Mara Salvatrucha, Mao-Mao o cualesquiera de las pandillas que delinquen en el país, queda también censurado para divulgarla.
Si los periodistas, o cualquier otro ciudadano ignora ese artículo, la Fiscalía General de la República (FGR) podrá investigarlo, ordenar su captura y presentar una acusación en cualquier tribunal ordinario del país.
Luego quedará a discreción de los jueces, nombrados mayoritariamente por la cúpula de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) —designada el 1 de junio por los diputados que aprobaron las reformas, quienes a su vez son fanáticamente leales al presidente Nayib Bukele— condenar o absolver por el que desde el martes se convirtió en un delito.
«Hay medios, personas, que por querer lucirse (…) se dan a la tarea de estar transmitiendo, publicando, tintas alusivas a las pandillas», clarificó Guillermo Gallegos, diputado de GANA. «Y el que lo haga queda advertido que tendrá prisión de diez a quince años», concluyó.
Carlos Hermann Bruch, diputado de Nuevas Ideas, comparó la medida con las leyes alemanas que prohíben la apología del nazismo. Omitió explicar, sin embargo, que los legítimos brazos de la censura de la violencia y el antisemitismo jamás alcanzó a los investigadores y periodistas alemanes y que, en la actualidad, pueden contarse por docenas las publicaciones que se aproximan a la comprensión del ascenso de Adolfo Hitler desde diversas perspectivas.
Rodrigo Ávila, diputado de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), aplaudió el apartado del artículo —las primeras líneas— que criminalizan la elaboración de grafitis de pandillas, pero renegó de las últimas líneas que alcanzarán con el mismo peso punitivo a quienes únicamente comunican lo que está ocurriendo en las comunidades más pobres del país.
«Reformas de este tipo deben ser hechas con mucha acuciosidad para que al final no vayan a pagar justos por pecadores», advirtió.
Contó, además, que unas semanas atrás una persona mandó a su cuenta de WhatsApp una fotografía mostrando un grafiti pintado en la casa de una pared contigua a la de su mamá. Luego él reenvió el mensaje a un policía.
«Alguien puede interpretar que también sancionaría a una persona que por un wasap reproduzca una foto o un video de unos pandilleros pintando», comentó.
Después pidió a los diputados mandar a la comisión de Legislación y Puntos Constitucionales la propuesta de reforma para analizar más detenidamente.
Pero su petición solo alcanzó nueve votos.
«No entiendo por qué hay que darles estudio», se quejó Caleb Navarro, diputado de Nuevas Ideas, refiriéndose a la solicitud de Ávila. «Si quieren más análisis, creo que lo van a hacer solitos con los del FMLN», se burló.
René Portillo Cuadra, de ARENA, afirmó que es claro el propósito de coartar las libertades de prensa e información establecidas en la Constitución y en los tratados internacionales suscritos por El Salvador.
Recordó, además, que si el artículo 345-C hubiera estado vigente entre el viernes 25 y el sábado 26 de marzo los periodistas no habrían podido informar a los ciudadanos de los asesinatos de más de 80 personas.
Pidió eliminar el inciso segundo. Solo obtuvo diez votos.